Por Ana Stella | Madrid
1. Lo que el texto de la resolución dice — y lo que no
La resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU) número 2797 (2025) no aprueba la autonomía. Renueva por un año el mandato de la MINURSO, la misión encargada de supervisar el referéndum de autodeterminación del pueblo saharaui, hasta octubre de 2026.
El texto “reafirma su compromiso de ayudar a las partes a lograr una solución política justa, duradera y mutuamente aceptable, conforme a los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas, que incluye el derecho de autodeterminación del pueblo del Sáhara Occidental”.
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Se invita a las partes a “negociar sin condiciones previas tomando como base la propuesta de autonomía de Marruecos”. Esta fórmula diplomática no supone aprobación alguna: sólo indica que la propuesta marroquí puede discutirse entre otras.
No hay ninguna frase que elimine el referéndum ni que reconozca la soberanía marroquí. Lo que se ha votado es una renovación técnica, con un lenguaje similar al de los últimos diecisiete años.
2. Historia del plan de autonomía y su repetición
Marruecos presentó su “plan de autonomía” en 2007. Desde entonces, todas las resoluciones lo mencionan con matices, comenzando por la S/RES/1754 (2007), que “toma nota de la propuesta marroquí, considerada seria y creíble”.
Esa mención no significa respaldo legal. Simplemente reconoce que existe una propuesta sobre la mesa. En la misma resolución, y en todas las posteriores, se reafirma el derecho a la autodeterminación.
Por tanto, que la ONU cite en 2025 la autonomía no es novedad: forma parte de una fórmula diplomática repetida cada año desde hace casi dos décadas.
3. Por qué 2025 es más favorable al pueblo saharaui — pero sólo relativamente
Por primera vez desde 2018, el texto incluye de forma explícita la palabra “autodeterminación”, y no sólo “libre determinación” o “solución política”.
Se amplía el mandato completo de la MINURSO por un año y se ordena una revisión estratégica a seis meses, lo que puede reabrir debates sobre la supervisión del alto el fuego y la vigilancia de los derechos humanos.
Esto refleja la presión de países como Rusia, Mozambique o Argelia, que insistieron en mantener viva la referencia al derecho del pueblo saharaui a decidir su futuro.
Sin embargo, la mejora es limitada. El lenguaje de la ONU sigue siendo ambiguo y no compromete a celebrar un referéndum inmediato.
4. Por qué la idea de la “autonomía aprobada” es una falsedad
Llamar “autonomía aprobada” a lo votado es desinformación pura. El texto no otorga soberanía a Marruecos, no transforma el estatus del territorio y no impone la autonomía como único marco.
El CSNU no tiene poder para imponer una solución política unilateral. Su mandato consiste en mediar, no en reconocer anexiones. El pueblo saharaui sigue siendo el único titular legítimo del derecho a la autodeterminación, reconocido por la ONU desde 1963 y reafirmado por la Corte Internacional de Justicia en 1975.
La confusión proviene de que muchos medios y gobiernos no distinguen entre “mencionar” una propuesta y “aprobar” una solución.
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