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22 mayo 2026

Sáhara Occidental/Marruecos: Los casos de Gdeim Izik revelan tortura, confesiones forzadas y falta de investigación

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GINEBRA – El Comité de la ONU contra la Tortura ha constatado una vez más que Marruecos violó los derechos de los detenidos saharauis vinculados a la protesta del campamento de Gdeim Izik en el Sáhara Occidental, y afirma que diez casos similares examinados hasta la fecha apuntan a «un patrón constante de detenciones arbitrarias, aislamiento, actos de tortura o malos tratos durante los interrogatorios y el uso posterior de confesiones obtenidas bajo coacción en procedimientos judiciales».

El Comité publicó hoy sus decisiones tras examinar cuatro denuncias relativas a detenidos que fueron arrestados tras el desmantelamiento del campamento de Gdeim Izik, cerca de Laâyoune, en 2010. El campamento, que llegó a albergar a más de 20.000 manifestantes, había sido establecido por saharauis residentes en el Sáhara Occidental para protestar contra lo que describían como discriminación y las precarias condiciones sociales y económicas de la zona.

Según los denunciantes, fueron arrestados por funcionarios marroquíes tras el desmantelamiento del campo y sometidos a torturas y malos tratos durante su arresto, interrogatorio, traslado y detención. Los denunciantes alegaron haber sido brutalmente golpeados, quemados con cigarrillos, amenazados con violación, suspendidos en la llamada posición de «pollo asado» durante largos periodos de tiempo, sometidos a «falaka» (golpes repetidos con una barra de hierro en las plantas de los pies), mantenidos en aislamiento, privados de alimentos y atención médica, y privados de acceso efectivo a abogados y visitas familiares.

«Lamentablemente, no se trata de casos aislados, sino que evidencian un problema estructural en la gestión por parte de Marruecos de los casos relacionados con Gdeim Izik», declaró Peter Vedel Kessing, vicepresidente del Comité, quien añadió que el Comité ya había tomado decisiones sobre otros seis casos similares. «Cuando se plantean repetidamente denuncias de tortura, se ignoran y se dictan condenas basadas en declaraciones controvertidas, se pone en riesgo la prohibición absoluta de la tortura», afirmó Kessing.

Los denunciantes alegaron haber informado de los actos de tortura y malos tratos a diversas autoridades judiciales. Sin embargo, tanto el juez instructor como el fiscal se negaron a registrar las denuncias y a ordenar una investigación, incluyendo un examen médico. Seis años después, el Presidente del Tribunal de Apelación de Rabat finalmente ordenó exámenes médicos, los cuales no fueron realizados por médicos independientes, de conformidad con el Protocolo de Estambul , entre otros requisitos, y no pudieron sustituir una investigación efectiva.

«Cuando un detenido comparece ante las autoridades judiciales con signos visibles de tortura, el Estado tiene la obligación inmediata de investigar», declaró Kessing. «La exclusión de las pruebas obtenidas mediante tortura es una garantía fundamental. Las autoridades deben verificar las confesiones impugnadas antes de que puedan utilizarse contra un acusado».

Los denunciantes alegaron que, tras ser sometidos a tortura, fueron obligados a firmar o estampar sus huellas dactilares en declaraciones cuyo contenido desconocían, y que dichas declaraciones fueron posteriormente utilizadas como prueba fundamental en el proceso penal en su contra. Fueron juzgados junto con otros acusados ​​saharauis ante un tribunal militar en 2013 y posteriormente ante el Tribunal de Apelación de Rabat. Los cuatro denunciantes fueron finalmente condenados: dos a cadena perpetua y los otros dos a 25 años de prisión.

El Comité concluyó que Marruecos violó sus obligaciones en virtud de la Convención contra la Tortura , entre otras cosas, al no garantizar una investigación pronta e imparcial de las denuncias de tortura, salvaguardias efectivas contra la tortura, la supervisión de las prácticas de detención e interrogatorio, la garantía del derecho a presentar quejas, la provisión de reparación y la exclusión de las pruebas obtenidas mediante tortura de los procedimientos judiciales.

El Comité reiteró su preocupación por la falta de diligencia, imparcialidad y eficacia de las autoridades marroquíes en la investigación de las denuncias de tortura, así como por el uso continuado de declaraciones obtenidas bajo tortura como prueba en casos ya resueltos. En los casos presentes, el Comité consideró que la recurrencia de estas deficiencias indica que no se trata de irregularidades procesales aisladas, sino de un problema estructural en la gestión de los casos relacionados con el desmantelamiento del campo de Gdeim Izik.

“Marruecos debería adoptar medidas correctivas urgentes para garantizar que no se repitan infracciones similares”, declaró Kessing.

El Comité instó a Marruecos a realizar investigaciones imparciales y exhaustivas sobre las denuncias de tortura, en pleno cumplimiento del Protocolo de Estambul revisado, con miras a llevar a los responsables ante la justicia. Asimismo, exhortó al Estado Parte a proporcionar a los denunciantes una reparación integral, que incluya una indemnización justa y adecuada, así como la rehabilitación.

Asimismo, solicitó a Marruecos que considerara la posibilidad de revisar los antecedentes penales de los denunciantes y, en su caso, anularlos de conformidad con la legislación nacional. También instó a las autoridades a garantizarles el acceso a sus familiares, abogados y médicos de su elección, y a abstenerse de ejercer cualquier presión, intimidación o represalia contra ellos.

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